CAP. 4
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Presentación, conservación y almacenaje de las
materias textiles y de pieles y cueros
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3.2. Etiquetado de conservación
El etiquetado de conservación no es obligatorio que figure en cada prenda
o producto textil pero sí es aconsejable.
En este etiquetado deben figurar las características específicas de cada
tejido o material textil y las condiciones de conservación que se deben guardar,
como, por ejemplo, si es lavable o no, a qué temperatura, si admite el plancha-
do y a qué temperatura, si se puede limpiar en seco, si admite blanqueantes,
suavizantes, etc., o si se puede secar en secadora.
Este conjunto de símbolos gráficos que deben figurar en la etiqueta se
encuentra regulado por la norma UNE-EN ISO 3758: 2005. “Textiles. Código
para el etiquetado de conservación por medio de símbolos”.
En los artículos de piel y cuero, sobre todo los utilizados para tapicería, no
es obligatorio el etiquetado pero si es conveniente que se hagan unas reco-
mendaciones por parte del fabricante en cuanto a limpieza y conservación, que
dependerán del tipo de piel que se utilice y los tratamientos que se le hayan
aplicado.
En la tabla adjunta se pueden ver los símbolos para el etiquetado.
Importante
En los artículos de piel y cuero el etiquetado de conservación no es obligatorio, aunque sí es
conveniente que se señalen las indicaciones del fabricante para la limpieza y conservación.