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Aplicación de normas y condiciones higiénico-sanitarias en restauración
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El Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, reem-
plaza a la Directiva 93/43/CE y amplía su ámbito de aplicación, extendiendo
las normas generales de higiene a todos los operadores de empresas alimenta-
rias que intervienen en la cadena de producción de los alimentos, incluyendo
la producción primaria.
Algunas comunidades autónomas elaboraron otras normativas más especí-
ficas, que aunque derogadas por el Real Decreto 109/2010 de 5 de febrero,
conviene destacar:
Andalucía:
Decreto 189/2001, de 4 de septiembre, por el que se regulan
los Planes de Formación de los Manipuladores de Alimentos y el Régi-
men de Autorización y Registro de Empresas y Entidades, que impartan
formación en materia de manipuladores de alimentos (Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, nº 114, de fecha 2/10/2001).
Cataluña:
Decreto 208/2001, de 24 de julio, por el que se regulan las
condiciones para el ejercicio de actividades de formación de manipu-
ladores de alimentos, que se desarrolla en Cataluña por parte de las
entidades autorizadas (Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, nº
3443, de la fecha 1/08/2001).
Navarra:
Decreto floral 108/2003, de 12 de mayo, por el que se regula
en Navarra las condiciones para el ejercicio de actividades de formación
de manipuladores de alimentos y el régimen de autorización y registro
(BO de Navarra, de 4 de julio de 2003).
Sabía que...
El APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico) es el sistema de control de ali-
mentos más difundido a nivel mundial y cuenta con el reconocimiento de la Organización
Mundial de la Salud.